Estatutos y Declaracion de Principios de F.O.U.S.

FEDERACION DE ORGANIZACIONES URUGUAYAS EN SUECIA

17 mayo 2006

DECLARACION DE PRINCIPIOS

  • La Federación es una organización de carácter nacional que realiza actividades ideales y voluntarias en diversas áreas de interés para el pueblo uruguayo y la colonia uruguaya en Suecia.


  • La Federación es totalmente independiente de cualquier tipo de organización política-partidaria, gremial, religiosa o de otra índole tomando distancia de toda forma de totalitarismo político o ideológico así como fundamentalismos religiosos.


  • La Federación postula el principio de solidaridad, de transparencia democrática y de pluralismo como base de su existencia y su accionar.


  • La Federación declara su respeto total a la integridad de los individuos, independientemente de su sexo, definición sexual, credo y origen étnico. Tanto la Declaración Universal de los Derechos Humanos, como la Declaración Universal de los Derechos del Niño son considerados por la Federación, documentos básicos en lo referente al respeto y a la integridad de las personas.


  • La Federación adhiere activamente a los esfuerzos globales que desde distintas organizaciones e instituciones se desarrolla a nivel mundial para proteger la riqueza natural de nuestro planeta, para mantener el equilibrio ecológico y medio ambiente adecuado.


  • La Federación declara su profundo respeto al principio de autodeterminación de los pueblos así como a la inviolabilidad de las soberanías y el derecho legítimo y prioritario de las naciones a usar y proteger sus propios recursos naturales para asegurar el bienestar de todos sus ciudadanos.


  • La fraternidad, el respeto mutuo, deberán impregnar todos los ámbitos e instancias de la Federación, así como también las relaciones de la misma con el medio sueco y con otras nacionalidades.


  • La Federación será representada solamente por los organismos que ella misma designe con ese fin.


  • La Federación se regirá por los estatutos que ella se dé.


ESTATUTOS



I) NOMBRE Y SEDE DE LA FEDERACIÓN
II) FINES
III) PRINCIPIOS
IV) LOS MIEMBROS Y LA COTIZACIÓN
V) ORGANIZACIÓN

CONGRESO
COMISIÓN DIRECTIVA
COMITÉ EJECUTIVO
PRESIDENTE
SECRETARIO GENERAL
SECRETARIO DE FINANZAS
SECRETARIO DE INFORMACIÓN Y PRENSA.
SECRETARIO DE CULTURA Y DEPORTE.
AUDITORES
VI) TAREAS DE LOS DIFERENTES ORGANISMOS
CONGRESO
COMISIÓN DIRECTIVA
VII) DECISIONES Y FORMAS DE RESOLVER
VIII) MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS
IX) FONDOS DE LA FEDERACIÓN
X) DISOLUCIÓN DE LA FEDERACIÓN



I) NOMBRE Y SEDE DE LA FEDERACIÓN

1- El nombre oficial de la FEDERACIÓN es URUGUAYANSKA RIKSFÖRBUNDET.
FEDERACIÓN DE ORGANIZACIONES URUGUAYAS EN SUECIA, FOUS.
La FEDERACIÓN nuclea a aquellas organizaciones que se sientan vinculadas con Uruguay.
2- La actividad de la FEDERACIÓN se desarrolla en todo el país.

II) FINES

3- La FEDERACIÓN bregará por difundir interna y externamente las facetas de la cultura uruguaya en lo referente a sus aspectos sociales, políticos, económicos, históricos, artísticos, deportivos, etc.

4- La FEDERACIÓN fomentará la profundización de los lazos sociales y culturales con Suecia, generando para ello actividades concretas y difundiendo información de interés –actualizada- entre sus miembros y hacia la sociedad en general.
La Federación hará hincapié en desarrollar la integración en todas las formas posibles con el medio sueco, con otras nacionalidades , entre niños, jóvenes y adultos.

5- La FEDERACIÓN mantendrá vínculos amistosos, solidarios y de cooperación con federaciones similares de uruguayos en otros países así como con las organizaciones similares de otros grupos étnicos o nacionalidades. La solidaridad y amistad con las comunidades hispanohablantes similares es prioritaria.

6- La FEDERACIÓN bregará por entablar y profundizar los contactos con todas aquellas instituciones y/u organizaciones, que coincidan con sus principios.

7- Obrar en pro de los intereses específicos de los residentes uruguayos en Suecia, buscando la máxima equiparación con los ciudadanos suecos tanto en caso de serlo formalmente o no.

8- Promover iniciativas ante las autoridades de Suecia y Uruguay que permitan aumentar el conocimiento de la realidad de los miembros de la FEDERACIÓN así como buscar soluciones adecuadas a problemáticas concretas tales como trámites de estudio, jubilaciones y otros derechos ciudadanos.

9- Fomentar contactos de cooperación con instituciones idóneas, organismos y autoridades suecas, uruguayas, internacionales, etc.

10- Apoyar a los sectores discriminados en sus iniciativas y aspiraciones en todos los campos. La Federación se opone a todo tipo de discriminación y bregará por el establecimiento de una sociedad igualitaria. Dedicar especial atención al trabajo dirigido hacia la niñez y juventud, mediante la realización de actividades orientadas a desarrollar en ellos los sentimientos de solidaridad.

III) PRINCIPIOS

11- La FEDERACIÓN se rige por la Declaración de Principios que es indivisible de estos Estatutos.

IV) LOS MIEMBROS Y LA COTIZACIÓN

12– Pueden ser miembros de la FEDERACIÓN aquellas organizaciones que tengan un vínculo con el Uruguay. Son miembros todas aquellas organizaciones que aceptan la Declaración de Principios, los Estatutos y pagan puntualmente la cotización estipulada.

La Federación encarará con énfasis la participación de dichas organizaciones tratando en todo momento de procurar su colaboración en las actividades que se decida impulsar.

13- Tanto la adhesión a la FEDERACIÓN como la desvinculación de la misma, se efectuará libremente y por escrito.

14- Toda Organización deberá presentar por escrito la cantidad de socios que tiene y su Declaración de Principios. Es deber de cada organización presentar todos los años, la lista actualizada de sus miembros.

15- Los miembros de una Organización, no podrán figurar en más de una lista de las organizaciones afiliadas a la FEDERACIÓN. Se considera como Organización a las asociaciones que tengan personería jurídica, se exhorta a todos los uruguayos que, por la naturaleza de su actividad, ubicación geográfica, vivienda, etc. no pertenezcan a ninguna organización, incorporarse a la mas cercana al lugar de su residencia. En caso de que a pesar de ello existan familias y/o grupos que viven en ciudades aisladas, la FEDERACIÓN podrá hacer excepción y considerará su aceptación como socio con los deberes y derechos que establece el Estatuto.

16- La COMISIÓN DIRECTIVA tendrá la tarea de integrar a la FEDERACIÓN a las nuevas organizaciones que pidan su ingreso siendo esta decisión ratificada por el próximo Congreso.

17- Todas las organizaciones que deseen ser miembros de la FEDERACIÓN deberán pagar una cuota de integración y una cuota anual que serán decididas por el Congreso. La cuota anual comprende el período 1/1 al 31/12 (Año Calendario).

18- Se exhorta a los socios a trabajar por mejorar la FEDERACIÓN, colaborar en alguna actividad específica y participar en el Congreso.

V) ORGANIZACIÓN

19- La Federación es el instrumento de planificación, coordinación y ejecución de los objetivos trazados y aprobados en su CONGRESO.


CONGRESO

20- La instancia soberana de la FEDERACIÓN es su CONGRESO.

21- El CONGRESO ORDINARIO se reunirá cada dos (2) años a más tardar el 30 de abril.

22- Cada organización miembro tiene derecho en el CONGRESO a un ( 1 ) representante más otro por cada quince (15) socios que estén al día con sus cuotas.

23- Los representantes podrán tener suplentes que deberán ser inscritos y registrados antes de cada congreso.

24- El derecho a voto sólo se puede delegar a los suplentes elegidos.

25- El CONGRESO elegirá una COMISIÓN DIRECTIVA, una COMISIÓN ELECTORAL y dos (2) AUDITORES.


COMISIÓN DIRECTIVA

26- La COMISIÓN DIRECTIVA de la FEDERACIÓN es el órgano de ejecución, coordinación y control de las disposiciones emanadas en el Congreso y está conformado por el Comité Ejecutivo y los representantes oficiales de cada Organización miembro (delegados).


COMITÉ EJECUTIVO

El COMITÉ EJECUTIVO está compuesto por:
Un Presidente
Un Secretario General
Un Secretario de Finanzas
Un Secretario de Información y Prensa
Un Secretario de Cultura, Deporte y Asuntos Sociales

Los miembros del mismo serán preferentemente de la misma zona de Suecia



PRESIDENTE

Son funciones del Presidente:Representar oficialmente a la FEDERACIÓN. Dirigir y coordinar el trabajo de la COMISIÓN DIRECTIVA y la FEDERACIÓN. Autorizar conjuntamente con el secretario de Finanzas los desembolsos económicos a partir del monto que establecen los reglamentos. Los desembolsos que superen la suma estipulada por el Congreso Anual deberán ser efectuados previa consulta y aprobación de la COMISIÓN DIRECTIVA. Presentar ante el Congreso Anual los Informes Económicos y de Labores de su gestión y el Plan de Trabajo de la gestión.

El presidente elegido por el CONGRESO sólo puede ser elegido por dos mandatos seguidos.


SECRETARIO GENERAL

Son funciones del Secretario General:El manejo y archivo de la documentación de la FEDERACIÓN. Llevar el registro actualizado de miembros. Llevar el libro de Actas. Atender el Archivo de la Institución. Convocar a las Reuniones ordinarias y/o extraordinarias aprobadas por la COMISIÓN DIRECTIVA.


SECRETARIO DE FINANZAS

Son funciones del Secretario de Finanzas: el manejo económico de la FEDERACIÓN. Preparación de un Plan Económico de acuerdo al plan de actividades de la FEDERACIÓN. Administración y manejo de las cuentas bancarias y de correos que la FEDERACIÓN posea. Llevar los libros de Registro Contable. Firmar los cheques y documentos económicos conjuntamente con el Presidente. Presentar los Balances de Gestión y los Informes Económicos trimestrales y anuales para su consideración en la COMISIÓN DIRECTIVA y en el Congreso Anual.


SECRETARIO DE INFORMACIÓN Y PRENSA

Son funciones del Secretario de Información y Prensa:Informar y/o convocar a los miembros , opinión publica y medios de comunicación de las actividades de la FEDERACIÓN.


SECRETARIO DE CULTURA Y DEPORTE

Son funciones del secretario de Cultura y Deporte:
Planificar anualmente las actividades culturales de la FEDERACIÓN en base a la declaración de Principios. Planificar anualmente las actividades deportivas de la FEDERACIÓN.


DELEGADOS

Son funciones de los delegados:Representar a sus respectivas Organizaciones en las reuniones, y en el CONGRESO. Informar a los miembros de las organizaciones sobre los acuerdos y/o disposiciones emanadas de las reuniones a fin de coayudar su cumplimiento.

27- La COMISIÓN DIRECTIVA eligirá libremente cómo organizar su funcionamiento interno.

28- Todos los elegidos podrán durar dos año en sus mandatos.

29- El CONGRESO verá de renovar por lo menos una tercera parte de los integrantes de la COMISIÓN DIRECTIVA.

30- Los reelegidos en la COMISIÓN DIRECTIVA no necesariamente permanecerán en los mismos cargos. Para favorecer la renovación y combatir el estancamiento se buscará que incluso los reelegidos roten en sus funciones.

31 – El CONGRESO ORDINARIO, además de elegir a la COMISIÓN DIRECTIVA, examina lo actuado durante el período pasado y fija los lineamientos a seguir durante el próximo período de actividades.


AUDITORES

32- El informe de finanzas y los informes de actividades comprenden dos años calendario, es decir del 1 de enero al 31 de diciembre, y deben ser puestos a disposición de los auditores con un mínimo de 30 días antes del CONGRESO ORDINARIO. El informe de los auditores será presentado en el CONGRESO ORDINARIO.

La COMISIÓN DIRECTIVA deberá poner a disposición de los auditores los libros de contabilidad, las actas de reuniones , registro de miembros y diversos documentos necesarios para la auditoría. Los auditores controlarán la administración de la COMISIÓN DIRECTIVA durante los dos años de actividades.

Los auditores no serán parte de la COMISIÓN DIRECTIVA constituyéndose en organismos de control del mismo en términos económicos y de fiscalización.

33- El CONGRESO ORDINARIO sesionará un mínimo de dos ( 2 ) veces por año.

34- La citación a CONGRESO ORDINARIO la realiza normalmente el COMISIÓN DIRECTIVA.
Para que el CONGRESO sesione por iniciativa de las organizaciones miembros y sólo para tratar asuntos extraordinarios se requiere el acuerdo del cincuenta por ciento de las mismas.
El COMISIÓN DIRECTIVA podrá también llamar a CONGRESO EXTRAORDINARIO.



VI) TAREAS DE LOS DIFERENTES ORGANISMOS


Además de las ya mencionadas son competencia de los distintos organismos las siguientes:


CONGRESO

35- Elegir la Mesa de sesiones que estará compuesta por:
  • -un presidente de mesa
  • -un secretario de actas
  • - un moderador , encargado de llevar la lista de intervenciones y ceder la palabra.
  • -dos controlantes de actas
  • -tres controlantes de votos.

En la medida de lo posible , el CONGRESO no elegirá para estas funciones a los integrantes de la COMISIÓN DIRECTIVA.

36- Considerar el informe de la gestión realizada y formular proyectos y metas para el siguiente ejercicio.

37- Aprobar el ejercicio contable, el balance del período, así como el presupuesto del próximo ejercicio.

38- La COMISIÓN DIRECTIVA recogerá y considerará las mociones presentadas al CONGRESO. También presentará su propia posición ante el CONGRESO.

39- Fijar el monto de las cuotas y matrícula.

40- Considerar la gestión realizada y en caso de proceder, liberar de responsabilidad a la
COMISION DIRECTIVA.

42- Modificar el estatuto.

43- El acta del CONGRESO debe enviarse a las organizaciones miembros a más tardar sesenta ( 60) días después de realizado el CONGRESO.


COMISIÓN DIRECTIVA

44- Aplicar las resoluciones adoptadas por el CONGRESO.

45- Sesionar el mínimo de veces al año establecida por el CONGRESO.

46- Citar a CONGRESO en tiempo y forma.
La citación se realizará por lo menos con dos meses de anticipación.
A efectos del mejor funcionamiento del CONGRESO, las mociones a considerar se entregarán por escrito y por lo menos con 30 días de anticipación.

47- Llevar y tener al día el registro de miembros.

48 – Producir, archivar y tener a disposición de los miembros los informes de las actividades de la FEDERACIÒN.
Llevar actas de las reuniones donde consten las resoluciones adoptadas.

49 - Impulsar gestiones ante distintas autoridades y organismos nacionales e internacionales.

50- Ostentar la firma autorizada de la FEDERACIÓN.

51– Llamar la atención, amonestar o sancionar a las organizaciones miembros que de un modo u otro violen la Declaración de Principios y/o los Estatutos de la FEDERACIÓN, así como tengan una ausencia de las actividades con un mínimo del 60 %.
Proponer al CONGRESO la expulsión de los mismos, previo estudio de cada caso y cuando la infracción lo amerite.

52– Las organizaciones que no cumplan con el pago de las cuotas establecidas dentro del plazo fijado, serán sancionadas a pagar una multa equivalente al 10 % del monto inicial.



VII) DECISIONES Y FORMAS DE RESOLVER


53- La FEDERACIÓN priorizará la búsqueda del consenso antes de adoptar decisiones.

54- Normalmente se decidirá por aclamación, es decir, la reunión responderá con un ”sí” o un ”no” ante una propuesta concreta.

55 – Si no hay acuerdo se procederá al conteo de votos.

56- La votación es abierta salvo que se resuelva el voto secreto en algún asunto de suma importancia.

57- Normalmente se decidirá por mayoría simple.

58- En caso de empate se pasará a votar de nuevo.

59- En caso de nuevo empate el presidente tiene derecho a doble voto.

60- Las votaciones de suma importancia se decidirán por mayoría y además la moción ganadora deberá ser aprobada por el 50% de las organizaciones miembros.

61- Tanto las secretarías como las organizaciones podrán presentar asuntos que consideren de suma importancia, los cuáles se resolverán de acuerdo al punto anterior.


VIII) MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS

62- La modificación de los estatutos sólo será posible en el CONGRESO ORDINARIO y para proceder a la misma se requerirá la aprobación de las dos terceras partes de los representantes presentes.
El CONGRESO decidirá en cada caso a partir de cuándo entra en vigencia la modificación aprobada.
La entrada en vigencia de una modificación no podrá demorarse más allá de un ejercicio del CONGRESO.


IX) FONDOS DE LA FEDERACIÓN

63- La FEDERACIÓN – que es una organización sin fines de lucro y no comercial - trata de financiar su actividad utilizando las siguientes fuentes:
- La cotización aportada periódicamente por sus miembros.
- Las subvenciones y colaboraciones que se puedan obtener de organismos idóneos en Suecia, Uruguay o en otros países.
- Las donaciones públicas y desinteresadas de personas u organizaciones idóneas.
- La realización de diversas actividades sociales y culturales dentro del marco de lo establecido por la legislación y disposiciones vigentes.

64- La FEDERACIÓN se rige por criterios de absoluta transparencia y cristalinidad en asuntos de dinero y patrimonio.

65- Centralización de las finanzas: independientemente de que los fondos sean obtenidos centralmente o través de las organizaciones miembros, los mismos serán administrados y canalizados centralmente.

66- Es tarea del tesorero, la COMISIÓN DIRECTIVA y todos los miembros velar por el patrimonio social.

67- La firma autorizada de la asociación será responsabilidad conjunta del presidente, el secretario y el tesorero, requiriéndose sin excepción las firmas del tesorero y otro cualquiera de los nombrados para realizar cualquier operación que involucre dineros.


X) DISOLUCIÓN DE LA FEDERACIÓN

68- La existencia de la FEDERACIÓN es por tiempo indefinido.

69- La FEDERACIÓN podrá disolverse por decisión del CONGRESO EXTRAORDINARIO citado con una anticipación de por lo menos dos meses y con ese exclusivo propósito.

70- La decisión formal requiere que la disolución de la FEDERACIÓN y el destino del patrimonio sean considerados como asunto importante.